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Los trajes de casamiento y la ley de lealtad comercial

  • Bienvenido!

    Como desde el inicio de este blog me propuse escribir sobre temas de derecho en forma accesible para cualquier lector, pocas veces he comentado sobre algún fallo judicial aquí porque pienso que puede resultar engorroso en su lectura, sin embargo hace poco la Justicia resolvió sobre un tema interesante que a cualquier emprendedor le va  resultar conocido y útil a la vez.

    Lindo trajeDías pasados la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó una Resolución de la Dirección Nacional de Comercio Interior que imponía una multa a la empresa Garbarino  porque entendieron que violaban la Ley de Lealtad Comercial cuando ofrecían regalar un alquiler del traje de novio cuando se abría en esa empresa la lista de casamiento.

    Recuerdo que cuando yo abrí mi lista de casamiento  también existía esa oferta pero como siempre dije que ni loco me ponía uno de esos pingüinos, me terminé casando con un traje negro que aún hoy utilizo para ir a tribunales y, como seguramente a muchos les habrá pasado algo parecido con esa oferta, el asunto llamó mi atención como para compartirlos por aquí con Ustedes.

    La DNCI multó a esta empresa porque consideró que la publicidad resultaba engañosa ya que el traje de la foto nada tenía que ver con lo que luego terminaban ofreciendo, aún ante el evento de que se ponía en la foto la leyenda “no ilustrativa” tan común en las publicidades y de esa manera violaba la ley de lealtad comercial.

    Traje novio feoEsta ley, que es la número 22.802, persigue la finalidad de evitar que los consumidores, mediante indicaciones poco claras, engañosas o inexactas sean inducidos a error o falsedad en la adquisición de productos o mercaderías o en la contratación de servicios. De esa forma trata de proteger la “información adecuada y veraz” que tiene que estar presente en toda relación de consumo y que es un derecho constitucional previsto en el artículo 42. Además, con esta ley también se protege el propio emprendimiento ya que regula la actividad de nuestros competidores porque éstos, a través de esas conductas engañosas, pueden derivar o captar nuestra clientela en forma engañosa.

    Por eso, si llega el momento en que en alguna oportunidad tenemos que idear campañas publicitarias en nuestros emprendimientos, recuerden tener en cuenta la Ley de Lealtad Comercial a los fines de evitar futuros dolores de cabeza.

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